La Dirección General de Aduanas (DGA) informó que está abierta consulta pública para discutir la norma que regulará de las compras de mercancías con fines comerciales realizadas a través de las empresas de despacho expreso de envíos (couriers).
La propuesta de norma presentada por la DGA define cuándo una persona física o jurídica será considerada destinatario final (que va a consumir el bien) o proveedores (importador con fines comerciales).
Quienes sean considerados proveedores estarían obligados al pago de derechos e impuestos por sus importaciones incluso si el monto de la compra es inferior a los $200 dólares.
Se recuerda que, con el decreto 402-05, se estableció la categoría B para los envíos que no sobrepasan los $200 dólares, y se dispuso liberarlos del pago de aranceles e impuestos.
Con la propuesta, la barrera de los gravámenes entraría en vigencia para quienes sean considerados proveedores o importadores con fines comerciales por la DGA, incluso si su compra fuera inferior a los $200 dólares.
Los usuarios de los couriers serán considerados proveedores cuando cumplan con una o varias de estas condiciones:
1- Cuando realicen una importación de mercancías que en su conjunto el valor no exceda los US$200, pero que por su cantidad Aduanas pueda determinar que tiene un fin comercial.
2- Cuando por el tipo de mercancía importada y el tiempo que transcurra entre un envío y otro, Aduanas considere que la compra tiene un fin comercial.
3- Cuando se detecte la presencia de mercancías idénticas, similares, complementarias o sustitutas en un trámite o en un conjunto de trámites, que en su totalidad sobrepasen el monto de los US$200), importadas a través de un consignatario.
4- Cuando la mercancía importada guarde relación notoria con la actividad comercial de la persona física o jurídica, a cuya consignación figure en los documentos de embarque.
5- Cuando la persona física o jurídica incurra en cualquier modalidad de fraccionamiento. Es importante precisar que la norma define como fraccionamiento “la acción o tentativa de introducir mercancías idénticas, similares, sustitutas o complementarias” a través de varios envíos.
Si se aprueba la norma tal como está, quien valiéndose de esta práctica sobrepase en un mismo año fiscal 20 envíos o US$2,000 en importaciones menores de doscientos dólares, tendrá que pagar todos sus impuestos.
Este lunes, la Asociación de Industrias de la República Dominicana (AIRD) envió a sus socios una comunicación alertando sobre la noticia y advirtió que hará sus observaciones.
Recientemente, la DGA también informó a los couriers que la fianza de RD$1,500,000.00 que se exige desde el año 2005 como requisito para operar y mantener vigente su licencia, ha sido ajustada por inflación.
En lo adelante, el monto de la fianza será de RD$2,500,000.00, y será exigible a partir del próximo viernes 01 de septiembre, por lo que las empresas que renueven su permiso a partir de esa fecha deberán disponer del Nuevo monto.
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